Con esta guía se explica el procedimiento para la adhesión de instituciones públicas a la REDAPS.

Los Estatutos de la REDAPS tienen prevista la figura de “socio institucional” para que aquellas entidades públicas (ayuntamientos, mancomunidades, diputaciones, cabildos…), puedan vincularse a la REDAPS.

Artículo 8. Dentro de la Asociación existirán las siguientes clases de socios/as, que se regirán según lo establecido en los procedimientos de régimen interno de la Red Española de

Aprendizaje-Servicio, REDAPS:

a) Socios/as ordinarios/as de pleno derecho.

b) Socios colaboradores, que serán aquellas entidades o personas que por su aportación al cumplimiento de los fines de la Asociación sean merecedoras de esa distinción. El nombramiento de los socios colaboradores corresponderá a la Junta Directiva. “Con ratificación de la Asamblea” dado que la Junta puede ser superada en tiempo.

c) Socios de honor: personalidades destacadas que han hecho aportaciones valiosas al mundo del asociacionismo o la educación.

d) Socios institucionales, que serán aquellas instituciones públicas que decidan formar parte de la REDAPS tomando esa decisión en sus órganos correspondientes y vinculándose a través del protocolo de adhesión que defina la Junta Directiva.

¿Qué consigue una institución por formar parte de la Red?

  • Asistir y participar como institución, con derecho a voz (pero no a votar), en las asambleas y encuentros que organiza la REDAPS.

  • Tener información de las acciones de formación que se realizan desde la REDAPS y participar en las mismas.

  • Respetando la estructura y dinámica del grupo territorial correspondiente, estar conectados y participar en las actividades que determine cada grupo territorial.

  • Exhibir un distintivo de pertenencia a la REDAPS, concretamente como MUNICIPIOXAPS.

  • Formar parte de la comisión de trabajo de ayuntamientos e instituciones de la REDAPS y, de ese modo, compartir experiencias y buenas prácticas.

  • Visibilidad de las acciones de ApS de sus territorios mediante la web de la REDAPS.

  • Acceder a las publicaciones que promueve la REDAPS.

¿Qué debe hacer una institución para formar parte de la Red?

          1. Su respaldo a la metodología educativa del ApS

          2. Que disponen de un plan/programa de trabajo estable para la promoción y apoyo al ApS en su territorio

          3. Que acuerda solicitar su adhesión como socio institucional de la REDAPS.

  • Asumir el pago por parte del ayuntamiento o institución correspondiente de una cuota anual como socio institucional de la REDAPS.

  • Identificar el personal técnico que asumirá la interlocución con la REDAPS (Ver documento 1 – solicitud de adhesión).

Procedimiento

Los requisitos para la formalización de la adhesión como socio institucional son los siguientes:

  • Aprobación de la adhesión por parte del órgano municipal competente (ver documento 2 – modelo de acuerdo-moción).

  • Remitir copia de la solicitud de ingreso a la REDApS, del acuerdo del órgano mencionado a la Junta Directiva de la REDApS y el plan/programa de trabajo para la promoción y apoyo al ApS en el municipio o territorio.

A continuación, se deberá aprobar la adhesión del socio institucional de acuerdo según lo establecido en el capítulo II de los Estatutos de la REDAPS.

Posteriormente, se procederá al envío de un comunicado, haciendo partícipe a la institución solicitante de su reconocimiento como socio institucional para que pueda proceder, en su caso, al abono de la cuota correspondiente en los plazos que establezca la REDAPS.

Documentos a aportar:

  1. Solicitud de adhesión (documento 1).

  2. Modelo de acuerdo/moción sobre la adhesión para la institución (documento 2).

  3. Plan de trabajo para el desarrollo del ApS desde el ayuntamiento o la institución pública solicitante (documento 3).

Cuotas a abonar como socios de la REDAPS

Se ha establecido, por acuerdo de la Junta Directiva de la REDAPS, que las entidades públicas que deseen adherirse como socios institucionales a la REDAPS deberán satisfacer una cuota anual que dependerá del número de habitantes que tenga en su territorio. La tabla de cuotas es la siguiente:

Nº de Habitantes

Cuota anual

Menos de 5.000 hab.

0 €

Entre 5.000 y 20.000 hab.

50 €

Entre 21.000 y 50.000 hab.

100 €

Entre 51.000 y 100.000 hab

150 €

Más de 100.000 hab.

200 €

Tasas en vigor aprobadas por la Junta Directiva en la Asamblea General de 2021.

Para resolver dudas y para presentar la solicitud deberá utilizarse la siguiente dirección de correo electrónico: municipios@aprendizajeservicio.net

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